A través del Decreto 423/2026 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional formalizó el esquema de reducción progresiva y permanente de los derechos de exportación para los complejos de soja, maíz, trigo, girasol, cebada y sorgo. La medida, que instrumenta el anuncio realizado por el presidente Javier Milei a mediados de mayo, se fundamenta en la consideración de las retenciones como un impuesto distorsivo que la gestión prevé eliminar a medida que lo permita el superávit fiscal.

El programa diseñado por el Ejecutivo se estructura en dos componentes temporales diferenciados. Por un lado, se aplican alícuotas inmediatas para los cultivos de invierno. Bajo este esquema, el trigo en grano tributará un 1%, la harina de trigo se fija en un 2,50% y la cebada tendrá una tasa del 5,50%.

Por otro lado, para los cultivos de verano se estableció un cronograma de reducción mensual que se extenderá durante los años 2027 y 2028. La soja en grano, que parte de una alícuota del 24% en 2026, descenderá mensualmente desde enero de 2027 hasta alcanzar el 15% en diciembre de 2028. En tanto, el aceite de soja pasará del rango de entre 18% y 22% en 2026 a valores de entre 11% y 14% para fines de 2028.

En el caso del maíz y el sorgo, algunos derivados quedarán exentos de retenciones, mientras que otros reducirán sus alícuotas de manera escalonada desde el 8,5% en 2026, pasando al 7,5% a fines de 2027, hasta llegar al 5,5% en diciembre de 2028. Para el girasol se determinó la exención de tasas en variedades específicas, mientras que su aceite pasará de tributar entre 2,5% y 4,5% en 2026 a niveles de entre 1% y 3% al cierre de 2028.

Finalmente, el esquema alcanza al sector de los biocombustibles. El biodiésel obtenido de aceites de colza, cártamo o camelina quedará exento con una alícuota del 0%. Por su parte, el biodiésel elaborado a base de aceite de soja iniciará una trayectoria descendente desde el 21% actual hasta converger en un 13% a fines de 2028.