El Gobierno oficializó este miércoles el otorgamiento del bono previsional de $70.000 en mayo, dirigido a jubilados que perciben el haber mínimo y a los pensionados. La medida se formaliza mediante el Decreto 292/2026, publicado en el Boletín Oficial.
Con esta actualización, las jubilaciones mínimas durante mayo superarán los $463.000, considerando la actualización del haber inicial, la cual debe alinearse con la inflación de marzo, fijada en un 3,4%.
En los considerandos de la normativa, el Ejecutivo justificó esta acción al hacer referencia al Índice de Movilidad Jubilatoria aplicado desde marzo de 2021, en el marco de la Ley N° 27.609. El texto oficial detalló los efectos adversos que la inflación genera sobre los haberes jubilatorios abonados bajo dicha fórmula.
El documento oficial puntualizó que “la fórmula allí establecida presentaba graves y serios inconvenientes, en tanto no resguardaba el riesgo inflacionario que afectaba los beneficios de los adultos mayores, puesto que no contemplaba la variación de los precios y presentaba un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes, entre otras cuestiones”.
Ante este panorama, se implementaron distintas ayudas económicas previsionales. Desde la asunción presidencial, se otorgaron dos bonos de $55.000 en los primeros dos meses de 2024, cifra que se actualizó a $70.000 a partir de marzo de ese año.
El Decreto subrayó que “la Ley N° 27.609 implicó efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados, pero principalmente respecto de aquellos de menores ingresos, resultando necesario acudir a su sostenimiento mediante el otorgamiento de ayudas económicas previsionales y/o bonos extraordinarios previsionales mensuales por diferentes montos, desde el mes de enero de 2024 y hasta abril de 2026, inclusive”.
Continuando esa línea de compensación, se expresó que “a modo de compensación por los efectos adversos ocasionados por la aplicación de la Ley N.º 27.609 en los haberes previsionales de los adultos mayores de menores ingresos, para el mes de mayo de 2026 se considera oportuno el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional”.
El documento precisó que “para percibir el presente Bono Extraordinario Previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mes en que se realice su liquidación y el mismo no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”. Además, dispuso que “en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del Bono Extraordinario Previsional que se otorga por el presente decreto”.
El bono previsional será otorgado a las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la **ANSES**, a las beneficiarias de la **Pensión Universal para el Adulto Mayor**, y a las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago esté a cargo de la **ANSES**.