El nuevo sistema de coberturas para despidos en el sector privado, denominado Fondo de Asistencia Laboral (FAL), comenzará a regir de manera efectiva el 1 de noviembre de este año. La administración de Javier Milei postergó la aplicación inicial, prevista originalmente para este mes, debido al impacto fiscal que genera la medida, según quedó establecido en el Decreto 408 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Este esquema se instrumentará mediante fideicomisos financieros o fondos comunes de inversión supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Cada empresa del sector privado tendrá una cuenta individual para acumular contribuciones mensuales y recibirá como incentivo una reducción en sus contribuciones patronales ordinarias de seguridad social, equivalente al monto aportado al FAL.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) centralizará la recaudación y derivará los fondos. Para que un empleador pueda utilizar estos recursos en el pago de indemnizaciones, el trabajador desvinculado deberá registrar un vínculo laboral formalizado de al menos 12 meses de antigüedad. Además, se fija un período de carencia obligatorio de seis meses continuos desde el primer pago de la empresa antes de poder solicitar la cobertura.
"Las inversiones de los FAL se limitarán exclusivamente a instrumentos financieros emitidos y negociados en la Argentina", determina el texto oficial. Para incentivar la adhesión, las cuentas bancarias de estos vehículos de inversión no pagarán el Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios. Asimismo, las firmas que acrediten saldo suficiente para cubrir todas sus contingencias laborales potenciales podrán pedir la suspensión temporal de sus aportes.
Finalmente, el decreto concede un plazo de 45 días hábiles para que la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas dicten las normas complementarias requeridas para la implementación definitiva en noviembre.