La fiscalización de la propiedad intelectual en el agro argentino suma un nuevo marco regulatorio. El Gobierno nacional, mediante la Resolución Conjunta 3/2026 del Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, oficializó un protocolo para controlar la identidad varietal de los granos en el primer punto de entrega. Con esta medida, el Poder Ejecutivo proyecta un incremento en las exportaciones superior a los US$4.000 millones anuales.

La normativa se ampara en la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247. El control sobre el grano busca resguardar los derechos de los desarrolladores de tecnología en especies de reproducción autógama. Según los considerandos oficiales, los avances tecnológicos actuales permiten determinar la identidad varietal en plazos reducidos, lo que aporta mayor solidez probatoria ante posibles infracciones administrativas.

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, se refirió al alcance de la medida a través de su cuenta en la red social X. "Cada productor argentino va a tener la libertad de elegir este mecanismo y recuperar 30 años de atraso en la calidad de sus semillas", afirmó el funcionario, quien además vinculó la actualización normativa con la estimación del crecimiento exportador.

El esquema operativo establece que todos los establecimientos que funcionen como primer punto de entrega deben estar registrados en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA). La toma de muestras se ajustará a las normas de calidad vigentes, y los responsables de los locales podrán acordar con entidades privadas la coordinación y el financiamiento del envío de las muestras.

Los análisis de identidad varietal quedarán exclusivamente en manos de las Cámaras Arbitrales o entidades privadas con convenio con el INASE, utilizando métodos reconocidos de forma oficial. Una vez concluido el procedimiento, los resultados se enviarán de manera simultánea al obtentor de la variedad y al agricultor remitente. Tanto la porción analizada como una muestra de respaldo permanecerán cerradas y rotuladas por 60 días corridos. Si el titular de la variedad denuncia irregularidades en ese lapso, la destrucción de la muestra se suspende y el material se deriva al INASE para el inicio de acciones sumarias.

Este protocolo regirá para los cultivares que se inscriban en los registros nacionales a partir de la publicación de la norma en el Boletín Oficial. Quienes incumplan las disposiciones serán pasibles de las sanciones y multas contempladas en el artículo 38 de la Ley de Semillas.